En este artículo problematizaremos el concepto de plagio a través de una serie de artistas que se han apropiado de contenido ajeno para ir “más allá”.
Pavlo Verde
Plagio y originalidad
¿Por qué el delito de plagio? Para responder a esta pregunta deberíamos plantearnos otra anterior: ¿Por qué la originalidad? Es de todos sabidos que este concepto es contingente y más bien reciente en la historia del arte. Shakespeare, como todos los autores de su época, defendía que el parecido a la copia clásica era el elemento más valioso de una obra. Alexander Lindey asegura que el Bardo evitaba toda “invención innecesaria”. Prácticamente ninguna de sus tramas es original y en sus diálogos y monólogos se cuelan abundantes referencias a autores grecolatinos, historiadores o escritores contemporáneos como Montaigne (que también solía introducir sin citación alguna en sus Ensayos frases nacidas de otras plumas).
Esto se mantuvo a lo largo del siglo y medio siguiente. Así lo vemos en Quevedo, que solía tomar prestado de otros autores. Su famoso soneto Un andar solitario entre la gente toma este, su primer verso, de uno idéntico del poeta portugués Camoes. El inglés Alexander Pope decía que “copiar a la Naturaleza es copiar a los clásicos”.
Copyright
La originalidad en sentido moderno está fuertemente ligada al copyright. La primera ley que regulaba esto segundo fue aprobada en Gran Bretaña en el 1710. Esto explica por qué a lo largo del siglo XVIII se fue gestando el concepto de genio, que inmediatamente conduce a la originalidad como valor artístico. Para más información recomiendo el artículo de Martha Woodmansee The Genius and the copyright. A partir de entonces y con creciente intensidad en los siglos XIX y XX el plagio empezó a ser visto no solo como una deshonra artística, sino como un delito contra la propiedad (intelectual). Y así hasta hoy. Sabemos de sobra los peligros creativos y jurídicos del plagio y tenemos muy interiorizado que esta práctica es inaceptable o cuando menos negativa. Ahora bien, ¿tan fácil resulta meter en el mismo saco todos los ejemplos de apropiación artística? Como suele ocurrir, la respuesta es ambigua.
Morales: entre el falangismo y el 15-M
En 2013 la escritora granadina Cristina Morales publicó su novela Los combatientes. La buena acogida que recibió el libro vino acompañada por una apreciación muy repetida: aquella obra era hija ideológica del 15-M. ¿De dónde procedía esta opinión? De un fragmento concreto de la novela que, como se supo más tarde, pertenecía al “Discurso a las juventudes españolas” de Ramiro Ledesma Ramos, uno de los fundadores de las JONS e ideólogos del fascismo español. La autora declaró que su intención no era crear tal malentendido, pero el hecho de que se produjera da para reflexionar. Con esto se demuestra que el plagio puede llegar a crear, con las mismas palabras, textos completamente diferentes si el contexto cambia. Para lograr esto se requiere un mínimo de creatividad y visión artística; no se trata, desde luego, de un plagio necesario ante la ausencia de habilidad propia.
Tarantino: ¿homenaje o plagio?
Otro caso polémico es Tarantino. No hay una sola de sus películas donde no se encuentren planos tomados de otras cintas, líneas de diálogo de otros guiones o incluso argumentos enteros inspirados en otros previos. Los ejemplos concretos son tantos que no cabrían en este artículo. Dejo un enlace a un excelente artículo que los desgrana uno a uno. Tarantino defiende que se trata de referencias y homenajes lo suficientemente evidentes como para no poder hablar de robo. Esto no impidió que fuese acusado de plagio en 2015 por su película Django unchained. Dictaminar dónde acaba el tributo y empieza la apropiación es casi imposible, lo que está claro es que el director estadounidense se mueve siempre en esa fina línea y le ha dado buenos resultados de crítica y público. Su carrera es pues más shakesperiana que heredera de la idea del genio moderno.
John Oswald: el saqueo como arte
Un último ejemplo es el género musical “plunderphonics” (“saqueofonía”). Su fundador, John Owald, se preguntó si la propiedad musical era realmente privada. Ante la duda, se decantó por plantear un género mestizo basado en el sampleo y collage de otras obras, de todas las épocas y estilos. Así nació su álbum Plunderphonics (1985), que da nombre a esta práctica, seguida por muchos antes y después de recibir su bautismo. ¿Dónde queda la autoría en la mezcla de temas ya existentes? ¿Es acaso original? ¿Es legítimo desde el punto de vista artístico?
Una delgada línea
Estas tres propuestas demuestran que el mérito artístico y el reconocimiento no están reñidos con la falta de originalidad. No me corresponde a mí dictaminar si la apropiación en cualquiera de sus formas merece respeto legal o artístico. Sin embargo, parece claro que el código penal o la tradición creadora de los últimos siglos son insuficientes para englobar casos dispares que van desde la copia burda hasta experimentos tan imaginativos como los aquí presentados. Como suele ocurrir, el diablo está en los detalles.